La compensación de trabajadores es donde un negocio que crece descubre, casi siempre, que cruzó una raya hace varios meses. Las reglas no son complicadas, pero tampoco son iguales para todos, y la versión que le aplica depende de a qué se dedica.
Dos umbrales distintos
Para la mayoría de los patronos que no son de construcción, la obligación empieza con cuatro empleados o más, contando tiempo completo y medio tiempo. En construcción, empieza con uno. Esa sola diferencia es lo que hay que llevarse: una cuadrilla de techos de dos personas está dentro, donde una tienda de dos personas por lo general no lo está.
Las operaciones agrícolas tienen sus propios umbrales, y los patronos de otros estados que trabajan en Florida tienen sus propias reglas. Si su negocio anda cerca de cualquiera de esas rayas, lo seguro es suponer que vale diez minutos de revisión y no un año de esperanza.
Las exenciones, y lo que no son
Los oficiales de una corporación y los miembros de una LLC pueden solicitar exención de cobertura, con límites de cuántos y con reglas distintas en construcción. Lo que hace una exención es sacar a esa persona de la obligación. Lo que no hace es darle ningún beneficio: un oficial exento que se lesiona en una obra no tiene reclamo de compensación que presentar, porque de eso se trataba la exención.
Lo otro que una exención no puede hacer es cubrir a un subcontratista. Si usted contrata a un sub sin cobertura propia, los empleados de él pueden volverse responsabilidad suya, y esa responsabilidad suele llegar con una auditoría y no con un aviso. Junte certificados antes de que empiece el trabajo, y mándenos los que le den duda.
